Publicado por: Claudio Nuñez | martes 3 de noviembre de 2026 | Publicado a las: 19:53
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó a un hombre identificado con las iniciales L.A.M.C. a la pena de 10 años y un día de presidio, tras establecer su responsabilidad como autor del delito consumado y reiterado de violación impropia contra una menor de edad, en hechos ocurridos en las comunas de Lautaro y Curacautín.
La sentencia fue dictada de manera unánime por el tribunal integrado por los magistrados Wilfred Ziehlmann Zamorano, José Ignacio Rau Atria y Jorge González Salazar, luego de acreditar que las agresiones sexuales se produjeron en al menos tres oportunidades entre enero de 2019 y agosto de 2021.
Durante ese período, la víctima tenía entre 11 y 13 años y el condenado mantenía una relación de convivencia con su abuela materna.
De acuerdo con los hechos establecidos por el tribunal, los delitos fueron perpetrados entre el 14 de enero de 2019 y el 31 de agosto de 2021, en distintos inmuebles vinculados al entorno familiar de la víctima.
Entre los lugares señalados en la sentencia figuran domicilios ubicados en sectores de Curacautín y en el camino que conecta esa comuna con Lautaro, además de una vivienda cercana a uno de esos inmuebles.
El fallo estableció, más allá de toda duda razonable, que el acusado cometió actos de connotación sexual y violaciones contra la menor en al menos tres ocasiones.
La reiteración de los hechos y la edad de la víctima fueron antecedentes considerados en el proceso judicial que concluyó con la condena.
Además de la pena privativa de libertad, el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco impuso al condenado la prohibición de aproximarse a la víctima.
La medida también le impide concurrir a su domicilio, lugar de trabajo o establecimiento educacional.
La sentencia contempla, asimismo, la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos y oficios públicos y para ejercer derechos políticos, además de la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena.
El tribunal dispuso que, una vez que la sentencia quede ejecutoriada, se proceda a la toma de muestras biológicas del condenado para determinar su huella genética.
Estos antecedentes deberán incorporarse al Registro Nacional de ADN de Condenados, conforme a las disposiciones legales correspondientes.
La resolución judicial establece una pena de 10 años y un día de presidio por los delitos acreditados durante el juicio.
Por tratarse de una víctima que era menor de edad al momento de los hechos, se mantiene reservada su identidad y se omiten antecedentes que permitan identificarla.
Foto: Contexto