Publicado por: Claudio Nuñez | martes 27 de mayo de 2025 | Publicado a las: 21:46
La Comisión de Hacienda del Senado conoció este miércoles el proyecto de Ley que reajusta el Salario Mínimo, la asignación familiar y maternal, el subsidio único familiar, y modifica otras leyes (Bole#n N° 17508-05), inicia-va que ingresó con suma urgencia y que es el resultado del acuerdo con la Central Unitaria de Trabajadores (CUT). A la sesión asistieron los ministros de Hacienda, Mario Marcel, y de Trabajo y Previsión Social, Giorgio Boccardo; y la subsecretaria de Hacienda, Heidi Berner, y de Trabajo, Pablo Chacón.
La Comisión votará este miércoles durante la mañana el proyecto, el cual ya fue aprobado por la Cámara de Diputadas y Diputados.
En lo sustancial el texto incrementa el salario mínimo de los actuales $510.636 a $529.000 el 1 de
mayo de este año, y a $539.000 el 1 de enero de 2026, montos que responden al obje-vo de
mantener el poder adquisi-vo de los trabajadores. También considera un alza en el Subsidio Único
Familiar (SUF) y la Asignación Familiar (AF), además de incorporar a la legislación el Observatorio de
Ingreso de la Vida de las y los Trabajadores.
En su presentación ante la comisión, el ministro de Hacienda, Mario Marcel, entregó una serie de
antecedentes respecto al impacto que -ene en el ámbito laboral el aumento del salario mínimo,
replicando lo hecho en la Cámara de Diputadas y Diputados. Marcel detalló que “los datos del
ingreso mínimo nos indican que actualmente las personas afectas al salario mínimo estaban en 2024
en el orden de las 921.000, algo menos que en 2023, pero básicamente nos hemos estado moviendo
cerca del 18% del total de trabajadores ocupados. Es mayor la proporción de mujeres afectas a este,
alrededor del 20%, mientras que en el caso de los hombres estamos hablando de cifras del orden
del 16%”. En miles de personas, las mujeres afectas al ingreso mínimo totalizan 439.348 y los
hombres 499.572.
A partir del 1o de mayo de 2025, el ingreso mínimo mensual para los(as) trabajadores(as) menores
de 18 y mayores de 65 años se elevará a $394.622, y a contar del 1° de enero de 2026 a $402.082. Y
el ingreso mínimo mensual para efectos no remuneracionales, a par-r del 1o de mayo de 2025
ascenderá a $340.988, y a par-r del 1° de enero de 2026, a $347.434.
Respecto al SUF y la AF, aumentarán según el tramo a $22.007, $13.505 y $4.267. Además, el
proyecto contempla inyectar recursos al Fondo de Estabilización de Precios del Petróleo (FEPP) para
que el precio del kerosene no supere los $1.050.
Sobre las Mipymes, el proyecto propone un subsidio a favor de las personas jurídicas sin fines
de lucro, comunidades, y personas naturales y jurídicas que tengan el carácter de micro, pequeñas
y medianas empresas, para el caso en que la variación en el monto del salario mínimo, a par-r de
enero de 2026, sea superior a la inflación efec-va del año 2025. Esta medida no excederá los $10.000
millones y sus recursos serán legislados en la Ley de Prepuestos para 2026.
La propuesta suma también un nuevo criterio para la asignación de recursos des-nados a proyectos
de formación sindical y diálogo social, garan-zando la preferencia de las organizaciones sindicales
en el acceso al Fondo de Formación Sindical y Relaciones Laborales Colabora-vas, fortaleciendo su
rol en la promoción de derechos de los trabajadores.