Publicado por: Claudio Nuñez | lunes 7 de julio de 2025 | Publicado a las: 21:41
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó a D.A.E.C. a la pena de cumplimiento efectivo de 15 años de presidio y las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de autor del delito consumado de incendio en lugar habitado. Ilícito perpetrado en junio del año pasado, en la comuna de Nueva Imperial.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Jorge González Salazar (presidente), Roberto Herrera Olivos y Priscilla Frantzen Cervantes (redactora)– condenó, además, a D.A.E.C. a 3 años de reclusión, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; más las accesorias especiales de prohibición de acercarse a la víctima, domicilio, lugar de trabajo o estudio y cualquier otro lugar al que concurra o visite habitualmente por el término de dos años, y la prohibición de tenencia de armas de fuego, como autor del delito consumado de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar (VIF).
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la tarde del 1 de junio de 2024: “(…) la víctima se encontraba en su domicilio ubicado en el sector Tragna Boroa, Nueva Imperial, junto al acusado D.A.E.C., quien era su conviviente y con quien mantiene hijos en común, se inició una discusión
con este, luego de lo cual él le propinó golpes de puño y cabezazos en el rostro, y los hombros, además de darle patadas en las piernas, resultando la víctima con lesiones cortantes en cara izquierda cercana a línea del cabello, ojo derecho con inflamación severa, gran hematoma que dificulta la visión, lesión hombro izquierdo, con moretón, lesiones en piernas izquierda y derecha con moretones, lesión cortante rodilla izquierda, lesiones de carácter menos graves.
En tanto, aproximadamente a las 16 horas del 2 de junio de 2024, “(…) en circunstancias que la víctima se encontraba en su domicilio ubicado en el sector Tragna Boroa, Nueva Imperial, junto al acusado D.A.E.C., quien era su conviviente y con quien mantiene hijos en común, se inició una discusión con este, en la cual él la insultó, para luego exigirle la entrega de dinero y, ante la negativa de la víctima, le señaló ‘voy a prender fuego a la casa’, luego de lo cual el acusado salió del inmueble, cerrando la víctima la puerta con pestillo, vistiendo a sus hijos, retornado el acusado al lugar, quien abrió la puerta a patadas portando en sus manos un bidón contenedor de combustible, huyendo la víctima con sus dos hijos menores, de 3 años y 1 año de edad, a quienes dejó en casa de familiar cercano, retornando a su inmueble con la finalidad de sacar documentación del mismo, ingresando a la cocina, lugar en el cual se encontraba el acusado quien le señaló, ‘así que no me creí que voy a quemar la casa’ y, luego, con el fin de incendiar el inmueble, comenzó a rociar el combustible contenido del bidón sobre un mesón de cocina y sobre una estufa a leña que se encontraba encendida, generándose llamas que alcanzaron el pelo de la víctima quien logró salir del inmueble en momentos en que el fuego se tornaba incontrolable, propagándose este a todo el inmueble el que resultó totalmente consumido por efecto de las llamas”.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.