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Corte ordena a liceo de Padre Las Casas garantizar inclusión de alumna con discapacidad

Publicado por: Claudio Nuñez | viernes 14 de agosto de 2026 | Publicado a las: 22:11

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La Corte de Apelaciones de Temuco acogió un recurso de protección presentado en favor de una estudiante con necesidades educativas especiales y ordenó al Liceo San Sebastián de Padre Las Casas adoptar una serie de medidas destinadas a garantizar su inclusión y permanencia efectiva en el sistema escolar.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal estableció que el establecimiento actuó de manera arbitraria y discriminatoria al resolver, después de distintas reuniones con la apoderada, que la adolescente asistiera presencialmente a clases solamente dos veces por semana.

La estudiante presenta un diagnóstico de parálisis cerebral con tetraparesia mixta, utiliza silla de ruedas eléctrica y posee una discapacidad física severa acreditada en un 70%. Además, mantiene otros diagnósticos y desde temprana edad recibe atención y terapias de diferentes especialistas.

Según establece la resolución judicial, al momento de concretarse la matrícula la madre informó al establecimiento sobre la situación de salud de su hija y solicitó los apoyos y adecuaciones curriculares necesarias para desarrollar su proceso educativo.

Corte cuestionó reducción de asistencia

Al analizar los antecedentes, el tribunal recordó la existencia de normas nacionales e internacionales destinadas a garantizar los derechos de las personas con discapacidad y particularmente su acceso a la educación en condiciones de igualdad.

La Corte sostuvo que los establecimientos tienen la obligación de realizar “ajustes razonables” cuando las condiciones particulares de una persona y las características de su entorno generan barreras que dificultan el ejercicio de sus derechos.

En ese contexto, determinó que negarse a implementar los cambios y apoyos requeridos, después de transcurridos varios meses del año escolar, constituyó un actuar arbitrario e ilegal.

Para el tribunal, esta situación vulneró los derechos fundamentales de la adolescente a la integridad física y psíquica y a la igualdad ante la ley, establecidos en la Constitución.

Deberá contar con tutor sombra

Entre las principales medidas, la Corte ordenó la implementación inmediata de un asistente personal o técnico, denominado “tutor sombra”, que deberá acompañar a la estudiante tanto durante las clases como en actividades de la vida diaria.

El apoyo tendrá que estar disponible al menos tres días durante la jornada escolar de la mañana y su funcionamiento deberá ser evaluado mensualmente entre el establecimiento y la familia, informando los resultados a la Superintendencia de Educación.

El liceo deberá además elaborar e implementar un plan de apoyo integral individualizado, que incluya adecuaciones curriculares y los recursos técnicos y humanos necesarios.

Accesibilidad y protocolos de emergencia

El fallo también obliga al establecimiento a garantizar infraestructura y rutas accesibles que permitan a la adolescente desplazarse de manera autónoma y segura.

A ello se suma la elaboración de protocolos específicos frente a eventuales crisis de salud física o psíquica, con responsables claramente identificados durante toda la jornada escolar.

Finalmente, la Corte ordenó al Liceo San Sebastián abstenerse de incurrir en actos discriminatorios y adoptar las medidas necesarias para garantizar la inclusión efectiva de la estudiante conforme a la normativa vigente.

La implementación de las medidas deberá mantenerse bajo seguimiento y ser informada a la Superintendencia de Educación.

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