Publicado por: Claudio Nuñez | martes 14 de octubre de 2025 | Publicado a las: 08:58
La Comisión rechazó a 214 postulantes al beneficio, equivalentes a 72,54%, y al igual que en años anteriores participaron los defensores penales penitenciarios de la Defensoría Penal Pública de La Araucanía y una dupla psicosocial de Gendarmería de Chile.
La Comisión de Libertad Condicional de la jurisdicción Temuco acogió un total de 81 solicitudes, equivalentes al 27,46% de las presentaciones realizadas por internos e internas de las 14 unidades penales de La Araucanía.
El grupo de comisionados fue presidido por la ministra de la Corte de Apelaciones de Temuco María Georgina Gutiérrez, e integrada por la jueza Cecilia Subiabre, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco; Federico Gutiérrez y Leticia Rivera, del Juzgado de Garantía de Temuco, y Eduardo Pérez, del Juzgado de Garantía de Lautaro. En tanto, el secretario de la Corte de Apelaciones, Germán Varas, actuó como ministro de fe.
La magistrada Leticia Rivera informó que “entre el 6 y 10 de octubre del presente año se reunió la Comisión de Libertad Condicional de La Araucanía para revisar un total de 295 postulaciones al beneficio de personas privadas de libertad. En este proceso se tuvo a la vista en forma detallada cada uno de los informes de Gendarmería de Chile y las solicitudes de la defensa, en todas aquellas causas en que solicitó intervenir a los querellantes en representación de las víctimas y a estas últimas cuando hicieron peticiones. Como conclusión se concedió el beneficio a 81 personas, lo que equivale al 27,4% de las postulaciones”.
La Comisión rechazó a 214 postulantes al beneficio, equivalentes a 72,54%, y al igual que en años anteriores participaron los defensores penales penitenciarios de la Defensoría Penal Pública de La Araucanía y una dupla psicosocial de Gendarmería de Chile.
Lo resuelto por la Comisión de Libertad Condicional será comunicado a todos los organismos involucrados, de acuerdo a la normativa legal. Los beneficiados con la libertad condicional quedarán sujetos al control de Gendarmería y, en caso de cometer algún nuevo delito en el periodo en que siguen cumpliendo condena, la medida quedará sin efecto.
El Decreto Ley N° 321, modificado en enero de 2019 por la ley N° 21.124, establece como requisitos para postular al beneficio de la libertad condicional, el haber cumplido la mitad de la condena y dos tercios en el caso de delitos graves, presentar una conducta intachable en el establecimiento penal y contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería, que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de conocer las posibilidades de reinserción en el medio libre.
El 17 de septiembre de 2020, el Ejecutivo publicó además el decreto 338, reglamento que establece las normas relativas a la organización del sistema de libertad condicional, incluyendo los programas, las características y los aspectos particulares que éstos deberán tener, así como los planes de intervención individual y las características y requisitos que deben reunir los delegados de libertad condicional, cuerpo legal modificado en noviembre del año 2023, con la entrada en vigencia la ley 21.627, que establece mayores exigencias para la obtención del beneficio, asignándole a las víctimas la posibilidad de realizar presentaciones ante el órgano administrativo.
En abril de 2026, la Comisión de Libertad Condicional de la jurisdicción Temuco se reunirá para evaluar nuevas postulaciones.