Publicado por: Claudio Nuñez | martes 26 de mayo de 2026 | Publicado a las: 18:45
El Tercer Tribunal Ambiental rechazó la reclamación presentada por Acuícola e Inversiones Nalcahue Ltda. en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente, SMA, confirmando así el rechazo del Programa de Cumplimiento presentado por la empresa en el caso de la Piscicultura Chesque Alto, ubicada en la comuna de Villarrica.
La causa se originó luego que la SMA formulara cargos contra la empresa por elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, SEIA, debido a la sobreproducción registrada en el proyecto. La infracción fue clasificada como grave.
La empresa buscaba dejar sin efecto la resolución de la SMA que rechazó su Programa de Cumplimiento, instrumento mediante el cual se pretendía corregir las observaciones formuladas por la autoridad ambiental.
Sin embargo, el tribunal estimó que la resolución de la Superintendencia estuvo debidamente fundada, considerando que, al tratarse de una infracción grave por elusión, el titular del proyecto debía contemplar el ingreso de la piscicultura al SEIA.
En su análisis, el Tercer Tribunal Ambiental sostuvo que parte de las alegaciones de la empresa se referían a la configuración de la infracción, y no directamente a la resolución que rechazó el Programa de Cumplimiento.
Respecto de los cuestionamientos sobre asistencia al cumplimiento, el tribunal concluyó que no existió ilegalidad en el actuar de la SMA, ya que una primera reunión de asistencia fue realizada, mientras que una segunda fue rechazada de manera fundada por la autoridad ambiental.
El punto central del fallo estuvo en que el Programa de Cumplimiento presentado por la empresa no consideraba el ingreso del proyecto al SEIA. Para el tribunal, esa omisión impedía asegurar un retorno satisfactorio al cumplimiento normativo.
En cambio, la empresa propuso disminuir la producción de peces para evitar la exigencia de una Resolución de Calificación Ambiental, RCA. No obstante, el tribunal tuvo presente que la sobreproducción se habría mantenido durante años sin la evaluación previa de sus eventuales efectos ambientales.
Con esta decisión, el Tercer Tribunal Ambiental confirmó el criterio de la SMA y mantuvo vigente el rechazo al Programa de Cumplimiento de la Piscicultura Chesque Alto.