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Araucanía Policial

Procesan a Carabinero (r) por torturas en dictadura a un obrero en Temuco

Publicado por: Claudio Nuñez | martes 11 de octubre de 2016 | Publicado a las: 13:30

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El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Temuco, Álvaro Mesa Latorre, sometió a proceso al carabinero en retiro Eduardo Orlando Riquelme Rodríguez, como autor de los delitos de  aplicación de tormentos y secuestro calificado de José Edulio Muñoz Concha, perpetrado en la ciudad de Temuco en el mes de septiembre de 1973.

Atendido el mérito de los antecedentes, de los cuales se desprende que la libertad del procesado Eduardo Orlando Riquelme Rodríguez, constituye un peligro para la seguridad de la sociedad; el ministro instructor decretó su prisión preventiva, siendo ingresado a la Segunda Comisaría de Carabineros de Chile de Temuco.

En la causa Rol nº 114.051, el ministro Álvaro Mesa pudo establecer:

A.- Que José Edulio Muñoz Concha, 21 años, obrero, dirigente vecinal de la Población “Ampliación Amanecer” de Temuco y militante del Partido Socialista de la misma ciudad fue detenido tras el 11 de septiembre de 1973, fecha en que es buscado infructuosamente por su madre en los distintos recintos que albergaban prisioneros políticos en aquella época, logrando dar con su paradero en los registros de la cárcel pública de la ciudad de Temuco, ocasión en la que además fue informada que su hijo quedaría en libertad.

B.- Que tras los hechos descritos precedentemente y alrededor de la tercera semana de septiembre de 1973, los detenidos políticos que se encontraban al interior de la cárcel pública de Temuco, entre ellos José Edulio Muñoz Concha, se les hizo una ronda de reconocimiento por parte de varios uniformados, entre ellos un teniente de Carabineros, los cuales desde una oficina interior del mencionado recinto carcelario procedían a reconocer a los detenidos, para posteriormente apartar a un grupo determinado de ellos entre los cuales se encontraba José Edulio Muñoz Concha, Luis Almonacid Dumenez, Zbigniew Rubinek Mazur y Mario San Martín Molina, los que tras ser apartados de la formación general, fueron obligados a permanecer  contra una muralla con las manos en alto para finalmente ser conducidos a una celda de incomunicación.

C.- Que testigo de todo lo anterior fue don Víctor Maturana Burgos, quien si bien se encontraba en aquella ronda de reconocimiento en calidad de detenido político, no fue apartado de la formación general, sin embargo pudo conocer la identidad de los funcionarios policiales que se encontraban al mando de aquella instrucción, toda vez que en el momento mismo en que los detenidos políticos eran devueltos al patio en que originalmente se encontraban y, aquellos apartados, conducidos al recinto de incomunicación, fue llamado a dirigirse a tal oficina, lugar donde se pudo percatar que entre los uniformados se encontraba un teniente de Carabineros a quien conocía perfectamente pues con él había realizado el curso de instrucción a la institución a carabineros, momento en que este oficial le presenta a su superior jerárquico, pidiéndole a este último que interceda por el Sr. Maturana.

D.- Que al día siguiente, 25 de septiembre de 1973, y luego de permanecer en una celda de incomunicación, los detenidos políticos apartados de la formación general, a excepción de Zbigniew Rubinek Mazur, fueron dejados en libertad por orden N° 21 emanada de la Fiscalía Militar de Temuco. Sin embargo, al salir del recinto de guardia de la cárcel fueron obligados nuevamente a ingresar en calidad de detenidos a una camioneta marca Chevrolet, color rojo, en cuyo interior se encontraban alrededor de 4 funcionarios de Carabineros, grupo de comisión civil que estaba a cargo de la ronda de reconocimiento citada precedentemente,  a uno de los cuales Mario Rafael San Martín Molina reconoce como un funcionario de la 2ª comisaria de Temuco de nombre Juan Fritz Vega (Q.P.D), el cual había sido su vecino en la ciudad de Nueva Imperial y además conocía a su padre, instante en que dicho funcionario le aprovecho de preguntar por él.

E.- Que inmediatamente fueron conducidos a un recinto policial, al cual Mario San Martín molina reconoce como la 2° comisaria de Carabineros de Temuco, lugar en donde compartió celda con José Edulio Muñoz Concha y Luis Almonacid Dumenez, siendo testigo de cómo personal de la comisaria los traslada a otra dependencia de la misma para ser interrogados y torturados, escuchando sus gritos de dolor tras las torturas que consistían en la aplicación de corriente en distintas partes de su cuerpo. Refiere finalmente que tanto José Edulio Muñoz Concha como Luis Almonacid Dumenez, llegaron en muy malas condiciones físicas, desconociendo hasta la fecha el paradero de ambos,  pues él fue el único sobreviviente.

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