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Ministro Álvaro Mesa  procesa a  militar en retiro por el homicidio de estudiante en el sector de Pueblo Nuevo en marzo de 1974.

Publicado por: DiarioTiempo21 | viernes 14 de agosto de 2015 | Publicado a las: 15:03

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La víctima era hijo del periodista y corresponsal de radio Cooperativa León Contreras Schonfeldt. El joven fue interceptado por una patrulla militar perteneciente al  Regimiento de Infantería N° 8 “Tucapel” de Temuco, siendo acribillado en presencia de su hermano y un amigo, frente a su domicilio en Pueblo Nuevo, durante un toque de queda.

 

 

El ministro en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Temuco, Álvaro Mesa Latorre, sometió a proceso y prisión preventiva a Gabriel Artemio Matus Hernández, como autor del delito de homicidio calificado de Exequiel Zigomar Contreras Plotsqui, ocurrido el 30 de marzo de 1974 en esta ciudad.

 

De acuerdo a la investigación, el ministro instructor logró determinar:

 

A.- Que inmediatamente de ocurridos los hechos del 11 de septiembre de 1973, las fuerzas armadas y de orden tomaron el control de la ciudad de Temuco, erigiéndose como Gobernador de la comuna el Coronel Pablo Iturriaga Marchesse, Comandante del Regimiento de Infantería n.° 8 “Tucapel” de esta ciudad, quien además quedó como Jefe de la Guarnición de Temuco.

 

B.- Dentro de la mencionada unidad militar se conformaron distintas patrullas de militares para los efectos del control de toque de queda, como asimismo, para resguardar puntos calificados como estratégicos dentro de la ciudad. Estas patrullas eran compuestas por oficiales, clases y soldados conscriptos de las distintas compañías que componían el Regimiento de Infantería N° 8 “Tucapel” de Temuco, según les correspondiera estar de guardia. La orden que recibían estas patrullas de parte de los oficiales y clases encargados de la guardia era que se debía disparar de inmediato a quien infringiera el toque de queda.

 

C.- Que Exequiel Zigomar Contreras Plotsqui, soltero, 21 años a la fecha de su muerte, estudiante, sin militancia política, el 30 de marzo de 1974 alrededor de las 00:15 horas se encontraba bebiendo junto a su hermano y un amigo en un local llamado “Posada Turística”, ubicada muy cerca de la Copec Norte de Temuco, lugar calificado como estratégico. Una vez que la víctima decidió irse a su domicilio, en horario de toque de queda, fue interceptado por una patrulla militar perteneciente al  Regimiento de Infantería N° 8 “Tucapel” de Temuco que se encontraba apostada en aquel lugar. Por motivos que son materia de la investigación uno de los integrantes de la patrulla abrió fuego en contra de Contreras Plotsqui, cayendo sin vida en la vía pública a metros de su domicilio ubicado en la Población Pueblo Nuevo de Temuco.

 

D.- Testigo de lo anterior fue su padre, León Exequiel Contreras Schonfeldt, periodista de Radio Cooperativa, quien llegó en esos momentos a su domicilio, identificándose como tal ante los militares y exhibiendo un salvoconducto. Igualmente su hermana, quien lo vio tirado en el piso ya sin vida, quienes pretendieron acercarse al cuerpo para auxiliarlo, lo que no les fue permitido por los militares, quienes, además, los trataron de forma violenta y grosera. Al padre se le ordenó retirar el cuerpo a las 06:00 AM del día 30 de marzo de 1974.

 

E.- Su hermano junto a su amigo, con quienes se encontraba la víctima antes de los hechos, al oír el disparo deciden salir del local “Posada Turística” y entregarse a la patrulla militar apostada en la Copec Norte,  agitando un pañuelo blanco, quienes fueron retenidos por un miembro de esta por alrededor de una hora ordenándoseles sentarse en el pasto fuera del local. Una vez llegado el camión a buscar la patrulla, fueron subidos a este y llevados hasta la puerta de su domicilio. Allí los militares les ordenaron subir el cuerpo de Contreras Plotsqui al camión militar, para posteriormente dirigirse al regimiento Tucapel de Temuco llevándose también al hermano de la víctima, donde fue mantenido en calidad de detenido por dos días, lugar en el cual se refirieron a él en todo momento como “el hermano del muerto».

 

F.-  Que la autopsia médico legal precisa que “la causa precisa y necesaria de la muerte  de Exequiel Zigomar Contreras Plotsqui fue el shock y anemia aguda, determinadas por una herida de bala transfixiante torácica”.

 

G.- Con fecha 30 de marzo de 1974, se publicó el Bando N° 2 de la Guarnición Militar de Temuco, donde se informaba que: “1(…) en la noche del 29 al 30 de marzo de 1974 en Avenida Caupolicán (Copec Norte) a las 02:15 horas, se encontraba detenido por una patrulla militar del Regimiento de Infantería de Montaña N° 8 “Tucapel” de Temuco, el ciudadano Exequiel Zigomar Contreras Plostqui. 2.- El mencionado ciudadano trató de agredir y arrebatarle el arma de servicio a un miembro de la Patrulla lo que obligó de inmediato a abrir fuego resultando muerto el señor Exequiel Zigomar Contreras Plotsqui (…).

 

El ministro Álvaro Mesa Latorre fue designado instructor de causas DD.HH. en lugar del ministro Fernando Carreño a partir de septiembre del año 2011. Al momento de asumir, recibió 41 causas en estado de sumario. Actualmente conoce de 110 causas que tienen un total de 244 tomos, de las cuales 4 se encuentran en la etapa de plenario; 3 han sido  falladas y 4 sobreseídas.

 

En total registra 57 autos de procesamiento a la fecha, existiendo 139 personas sometidas a proceso. En su labor investigativa es asistido por tres actuarios judiciales y cinco detectives de la Brigada Investigadora de Delitos contra los Derechos Humanos de la Policía de Investigaciones de Chile.


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