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Emergencia por calidad del aire: prohíben uso de calefactores a leña en Temuco y Padre Las Casas

Publicado por: Miryam Ríos | lunes 22 de junio de 2015 | Publicado a las: 15:30

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T21.-La Secretaría Ministerial de Medio Ambiente de La Araucanía informó que se prohíbe el uso de calefactores, calderas y artefactos residenciales particulares que utilicen leña u otro dendroenergético sólido, tales como briquetas, aserrín, virutas, piñas y despuntes, en los polígonos afectos a restricción desde las 18:00 horas hasta las 06:00 hrs., del día siguiente.

Lo anterior, dado que las bajas temperaturas y la ausencia de precipitaciones generó malas condiciones de ventilación favoreciendo la acumulación de contaminantes decretando emergencia lo que se traduce en una serie de medidas incluyendo la suspensión de actividades deportivas.

En este contexto la autoridad de medio ambiente indicó que se prohíbe la emisión de humos visibles de fuentes fijas industriales, residenciales comunitarias y comerciales, que para su funcionamiento utilicen combustible leña, briquetas, aserrín, virutas, piñas, despuntes y cualquier derivado dendroenergético sólido, ubicadas en todo el territorio urbano de las comunas de Temuco y Padre Las Casas desde las 18:00 horas hasta las 06:00 hrs., del día siguiente.

Además informó que se recomienda e insta a la población que no se encuentra dentro de los polígonos afectos a las prohibiciones, adoptar las medidas de restricción impuestas, toda vez que con ello se busca descontaminar el aire de las comunas de Temuco y Padre Las Casas, contribuyendo a proteger el medioambiente y mejorar la calidad de vida de la población buscando prevenir que los episodios críticos de contaminación afecten la salud de niños y adultos.

Se prohíben las actividades deportivas y las clases de educación física en cualquier establecimiento de educación, ya sean realizadas en un recinto cerrado o al aire libre, en toda la comuna de Temuco y Padre Las Casas, desde las 18:00 horas hasta las 06:00 hrs., del día siguiente.

Cabe recordar que según el Decreto Supremo N°78 del 2009 del MINSEGPRES que establece el Plan de Descontaminación Atmosférica de Temuco y Padre Las Casas, se prohíbe permanentemente el uso de leña cuya humedad sea superior a un 25%, en toda la zona saturada.


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