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Declaran culpables a cuatro sujetos por robo con homicidio en Temuco

Publicado por: Claudio Nuñez | sábado 10 de mayo de 2025 | Publicado a las: 22:49

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco dictó hoy –viernes 9 de mayo– veredicto condenatorio en contra de F.J.G.G., O.I. G.V., A.J.A.P. y J.M.B.P, en calidad de autores del delito consumado de robo con homicidio. Ilícito perpetrado en octubre de 2022, en el sector de Pedro de Valdivia de la comuna.

En resolución dividida (causa rol 202-2024), el tribunal –integrado por los magistrados Cecilia Subiabre Tapia (presidenta), Adriana Knopel Jaramillo (redactora) y Jorge González Salazar– condenó, además, a F.J.G.G., O.I. G.V. y A.J.A.P. como autores del delito consumado de porte de armas y municiones; y dictó veredicto condenatorio en contra del acusado R.A.H.G, como cómplice del delito consumado de robo con homicidio.

“Para arribar a la decisión de condena respecto de los ilícitos antes mencionados el tribunal, ha tenido presente que la prueba de cargo ha sido de una entidad suficiente para vencer la presunción de inocencia que amparaba a los acusados, ello conforme al mérito de la información científico técnica emanada de informes periciales elaborados por los médicos tanatólogos del Servicio Médico Legal, expertos químicos y balísticos, planimetristas, fotógrafos, quienes presentaron sus informes en calidad de especialistas en sus áreas de conocimiento ante estrados, con las debidas explicaciones acerca de los procedimientos empleados en cada uno de ellos, los que a su vez fueron complementarios entre sí, sin reparos o cuestionamientos relevantes en su origen y en las conclusiones a las que arribaron”, consigna el acta de deliberación.

El dictamen agrega que:  “(…) más el complemento necesario y debidamente circunstanciado de testigos, una de ellas testigo presencial que declaró anticipadamente, de las declaraciones de funcionarios de Carabineros de Chile, junto a la exhibición de material audio visual, gráfico y documental según expusieron tanto peritos audiovisuales, como los policías de la Policía de Investigaciones de Chile que intervinieron en su fijación, levantamiento y análisis, que entre otros incluyó análisis de geolocalización o referenciación telefónica de determinados números celulares y sus usuarios, revisión de redes sociales abiertas así como grabaciones de cámaras de seguridad, con un relato pormenorizado, detallado, conteste y debidamente circunstanciado de parte de estos testigos policiales, que dieron cuenta del trabajo investigativo, se pudo acreditar efectivamente la existencia y ocurrencia de los hechos contenidos en la acusación que se dan por reproducidos con las precisiones de las que se dará cuenta en el fallo, que permitió acreditar la participación culpable y penada por la ley de los acusados en los delitos por los que serán condenados según ya se indicó desechándose la petición del Ministerio Público en orden a la reiteración de ilícitos en cuanto al robo con homicidio en atención a que se ha acreditado que se trata de un hecho único”.

La audiencia de comunicación de la sentencia –que será redactada por la magistrada Adriana Knopel– quedó programada para las 13 horas del próximo jueves 22 de mayo.

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