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Corte de Temuco confirma condena de carabineros (r) por homicidios de jóvenes en Lago Ranco

Publicado por: Claudio Nuñez | lunes 3 de noviembre de 2025 | Publicado a las: 20:32

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La Corte de Apelaciones de Temuco confirmó la sentencia que condenó a dos efectivos en retiro de Carabineros por su responsabilidad en los delitos de homicidio simple consumado de Roberto Eder Huaiqui Barría y el homicidio simple frustrado de José Jovin Oporto del Río. Ilícitos de lesa humanidad perpetrados en septiembre de 1973, en la comuna de Lago Ranco, Región de Los Ríos.

En fallo unánime (causa rol 1.289-2024), la Segunda Sala del tribunal de alzada descartó infracción en la sentencia impugnada, dictada por el ministro en visita extraordinaria Álvaro Mesa Latorre, que condenó al entonces sargento primero Mamerto Tercero Ávila González y al carabinero Carlos Emilio Galindo Ruiz a sendas penas de cumplimiento efectivo de 6 años de presidio, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de las condenas, en calidad de cómplices de los delitos.

En el ámbito civil, el tribunal de alzada confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización ascendente a la suma de $600.000.000 por concepto de daño moral a los hermanos Huaiqui Barría ol demandante, revocando la sentencia en lo que respecta al pago de costas del Fisco de Chile, por tener motivos plausibles para litigar.

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