Publicado por: Claudio Nuñez | viernes 2 de mayo de 2025 | Publicado a las: 22:27
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción condenó hoy –viernes 2 de mayo– a Gonzalo Eladio Sanzana Suazo a la pena de presidio perpetuo simple y las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, en calidad de autor de dos delitos consumados de homicidio calificado (alevosía). Ilícitos cometidos en abril de 2022, en la comuna de Lota.
En fallo unánime (causa rol 93-2024), el tribunal –integrado por las magistradas Paula Cruces López (presidenta), Cecilia Grant del Río y María José Vidal Araya (redactora)– dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que cerca de las 18 horas del 27 de abril de 2022, en la intersección de calle Benjamín Chau Machuca con pasaje 1, sector Fundición de la comuna de Lota, mientras las víctimas reparaban los neumáticos del automóvil de uno de ellos, Sanzana Suazo y otro sujeto desconocido llegaron al lugar y les dispararon sin que tuvieran posibilidad de defenderse. Las víctimas fallecieron más tarde debido a la gravedad de las heridas por impactos balísticos.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, se dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.
En la causa, el tribunal decretó la absolución del acusado Dylan Guíñez Torres al no lograr la fiscalía probar, más allá de toda duda razonable, su intervención en los hechos acreditados.
En el fallo, el tribunal consigna que: “La prueba incriminatoria respecto de este encartado es débil, inconsistente y carente de corroboración objetiva, de manera que no es idónea para superar la presunción de inocencia que le ampara (…) De las primeras diligencias investigativas realizadas por la Policía de Investigaciones de Chile respecto de este hecho, orientadas a determinar quiénes eran los partícipes del delito, conocidas a través de las declaraciones de todos los testigos funcionarios de la Policía de Investigaciones de Chile que intervinieron en ellas, no se obtuvo ningún antecedente directo acerca de la identidad de las personas que habían participado en este hecho. El único testigo que aportó algún antecedente sobre este punto fue Robert Lizama, quien solo identificó a Sanzana Suazo en el lugar de los hechos y en las imágenes de las cámaras de vigilancia que le fueron exhibidas”.
“La valoración legal de los medios de convicción rendidos por el persecutor fiscal solo permite dar por establecido que Dylan Torres Guíñez formaba parte de la banda del guatón Giordano, la que era rival de otra banda a la que pertenecía Ángelo Garces quien había recibido amenazas de muerte de aquella. Sin embargo, los funcionarios del grupo MT0 de Lota afirmaron que esta banda tenía alrededor de 25 miembros, de manera que el sujeto que comete estos delitos junto a Sanzana pudo ser cualquiera de ellos, en consecuencia, este indicio no es unívoco”, detalla.