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Condenan a hombre que abusó de su hija de 4 años a 20 años de cárcel

Publicado por: Claudio Nuñez | jueves 28 de abril de 2016 | Publicado a las: 17:57

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó –hoy jueves 28 de abril- a Alejandro Alberto Ceaz Aránguiz a la pena de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, como autor del delito de violación infantil, en carácter de consumado, en perjuicio de su hija menor de 14 años de edad, de iniciales S.F.C.C. perpetrada en la ciudad de Temuco, el 14 de marzo del año  2015.

Asimismo, Alejandro Ceaz Aránguiz fue condenado a otros 10 años de presidio mayor en su grado mínimo, como autor del delito de abuso sexual infantil consumado, en perjuicio de la misma víctima, petrados en las ciudades de  Rancagua y Pichilemu, entre los años 2011 y 2013.

Los magistrados Oscar Viñuela Aller (presidente),  Jorge González Salazar y Francisco Maragaño Uribe (juez suplente y redactor), aplicaron a Alejandro Ceaz la privación de libertad además de la inhabilitación especial perpetua para ejercer el cargo u oficio de maestro o encargado en cualquier manera de la educación o dirección de la juventud.

El Tribunal dio por acreditado «que a partir del año 2011 y hasta el primer semestre del año 2013, en circunstancias que el acusado se encontraba trabajando en la ciudad de Rancagua y la víctima concurría junto a su madre a visitarlo durante las vacaciones y festivos a esa ciudad, en reiteradas ocasiones Alejandro Alberto Ceaz Aránguiz se dirigió hasta el dormitorio de la niña, que se encontraba jugando en un computador, efectuándole tocamientos con sus manos en sus partes íntimas, acción que el acusado ejecutó la ciudad de Pichilemu, en el contexto de una celebración familiar”.

«Este se dirigió hasta el dormitorio de la afectada, lugar en el cual le realizó tocamientos con sus manos en sus partes íntimas por debajo de la ropa, luego de lo cual por medio del uso de la fuerza física logró violar a su hija, a raíz de lo cual la niña resultó con lesiones de carácter ginecológicas, atribuibles al delito de violación” puntualiza el fallo.


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