Publicado por: Claudio Nuñez | viernes 8 de agosto de 2025 | Publicado a las: 17:55
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada descartó infracción en la sentencia impugnada, dictada por el ministro en visita extraordinaria Álvaro Mesa y confirmó la sentencia que condenó a los carabineros a la época de los hechos: Ramón Barrientos Lleuquén y Nelson Cárdenas Ortega, a las penas de 12 años y 7 años de presidio efectivo, en calidad de autor y cómplice, respectivamente, del delito de homicidio calificado del agricultor Mario Dorner Caimapu.
La Corte de Apelaciones de Temuco confirmó la sentencia que condenó al cabo primero de Carabineros a la época de los hechos y al entonces cabo segundo Ramón Olfal Barrientos Lleuquén y Nelson Omar Cárdenas Ortega, a las penas de cumplimiento efectivo de 12 años y 7 años de presidio, en calidad de autor y cómplice, respectivamente, del delito consumado de homicidio calificado del agricultor Mario Enrique Dorner Caimapu. Ilícito de carácter de lesa humanidad, perpetrado en 1985, en la comuna de Quemchi.
En fallo unánime (causa rol 2.085-2024), la Primera Sala del tribunal de alzada descartó infracción en la sentencia impugnada, dictada por el ministro en visita extraordinaria Álvaro Mesa Latorre.
En el ámbito civil, el tribunal de alzada confirmó la sentencia que condenó al fisco, con declaración que se reduce el monto a pagar a familiares de la víctima a la suma total de $350.000.000, sin costas.